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servicios consulares  

servicios para ciudadanos indios

Consulado. Servicios para ciudadanos indios.

Las funciones consulares constituyen una parte importante de los deberes y responsabilidades encomendadas a los funcionarios designados de las misiones y representaciones indias en el extranjero. La autoridad para hacerlo está amparada en muchas leyes y disposiciones emtidas por el gobierno de acuerdo a las leyes internas así como tomando en consideración los compromisos internacionales. Los Servicios Consulares incluyen ampliamente lo siguiente:

  • Bienestar de los indios en el extranjero.
  • Ayuda financiera a los ciudadanos indios y a la repatriación de ciudadanos indios.
  • Investigaciones relacionadas al paradero de ciudadanos indios, marineros indios.
  • Certifico de documentos como el poder de un abogado, testamentos, juramentos, declaración jurada y documentos relacionados a transporte marítimo, comercio, educación, etc.
  • Inscripción de nacimientos y defunciones de ciudadanos indios.
  • Matrimonio y divorcio por concepto de Matrimonio Especial, Ley 1969, Ley de Matrimonio en Extranjero 1969 y las disposiciones existentes.
  • Arresto de ciudadanos indios, acceso consular.
  • Fallecimiento de ciudadanos indios, indemnización por fallecimiento y pago de esto.
  • Propiedades, herencias y testamentos de indios en el extranjero.
  • Sepulturas por guerra/ pago por daño en Guerra/pensión/ fondo previsor..
  • Medidas civiles y penales contra indios en el extranjero y
  • Enlace con gobiernos extranjeros en la implementación de Tratados de Extradición, Convenio de Ayuda Mutua en Materia Jurídica, Cartas de Solicitud, Cartas de Súplica. Tramitación de notificaciones de carácter jurídico/ citaciones. Investigación de Testigos en casos de delitos y transferencia de acusados declarados culpables.

 

La política en la administración de las leyes mencionadas anteriormente es trazada por la Dirección Consular de la División CPV en consulta con los Ministerios/Departamentos competentes. La Dirección Consular se encarga también del trabajo relacionado a la ciudadanía india, adopción de niños por parte de extranjeros. La Convención de Viena en Relaciones Consulares, el arresto/fallecimiento de extranjeros en India, legalización de documentos, la implementación de la Convención de Apostilles y la toma de juramento por parte de funcionarios diplomáticos y consulares (Juramentos y honorarios) Ley 1948 enmendada.

Esta ley otorga facultades al funcionario diplomático y consular, en cualquier país extranjero o lugar donde él/ella ejerce sus funciones, a tomar todo tipo de juramento y declaración jurada y además todo acto notarial que cualquier notario pudiera tomar dentro de los estados que integran la Unión de India, y cada juramento, declaración jurada, y acto notarial tomado, juramentado o realizado por o ante tal persona será válido como si hubiera sido tomado, juramentado o realizado por o ante una autoridad jurídica en cualquier estado de la India. La Sección 6 de la ley confiere facultades al Gobierno Central para indicar la escala de honorarios para la prestación de diferentes tipos de servicios consulares. La tabla de honorarios añadida a los Reglamentos de Honorarios de Funcionarios Diplomáticos y Consulares, enmendada en 1949, abarca una variedad integral de las funciones consulares.

La facultad para realizar diferentes funciones relacionadas a la “transportación” se le es otorgada a los funcionarios consulares a partir de la Ley de Transportación Mercantil de 1948. Se adjunta una tabla de honorarios consulares puesta en vigor a partir del 2 de abril de 2002.

Solicitud de nuevo pasaporte

En conformidad con las directrices de la Organización Internacional de Aviación Civil el Gobierno de la India introdujo los pasaportes legibles por máquina en vigor desde el 26 de agosto de 2007. A todos los ciudadanos indios y en el extranjero se les deben suministrar pasaportes legibles por máquina. En el caso de los ciudadanos indios que apliquen desde Colombia, Ecuador y Costa Rica, estos pasaportes serán impresos y expedidos desde la India.

Las aplicaciones para dichos pasaportes deben presentarse a la Embajada de la India en Bogotá con bastante antelación a la fecha de vencimiento de los pasaportes existentes para procesamiento por parte de esta embajada y la emisión de pasaportes por parte de la oficina competente del Gobierno de la India en Nueva Delhi. Dichos pasaportes se emitirán en India y serán recibidos en la embajada para su entrega al aplicante en cuestión. Todo el proceso de emisión de un pasaporte puede demorar alrededor de un mes a partir de la fecha en que se efectuó la aplicación.

Sin embargo en casos de urgencia la Embajada de la India en Bogotá podría emitir un pasaporte escrito a mano de corta validez para viaje inmediato y la persona entonces podría solicitar en la Embajada de la India en Bogotá un pasaporte legible a máquina inmediatamente después de concluir el viaje urgente.

Los honorarios para un pasaporte en caso de urgencia (para el caso de emisión de un nuevo pasaporte) se cobrarían en dichos casos añadidos a los honorarios de pasaporte nuevo por concepto del pasaporte legible a máquina. Tal pasaporte de corta validez no es prorrogable y solamente se puede emitir un pasaporte legible a máquina en su lugar desde la India.

Se le aconseja a todos los ciudadanos indios solicitar un pasaporte legible a máquina con buen tiempo de antelación. Las planillas de solicitud que se encuentran disponibles en el sitio web de la embajada pueden ser utilizadas para hacer las solicitudes de pasaporte. El tamaño de las fotografías que se requiere para los pasaportes legibles a máquina serían de 3.5 cm. x 3.5 cms con un fondo claro.

Directrices Generales para titulares de pasaportes indios

1.  Su pasaporte es un documento valioso. Debe estar siempre ya sea bajo su propia custodia o bajo custodia de una persona debidamente autorizado por usted. Si lo extraviara o destruyera, el hecho y las circunstancias deben informarse inmediatamente a la misión india más cercana y a la policía local.

Aviso importante

Con la introducción de los pasaportes legibles a máquina a partir del 26 de agosto de 2007, todas las aplicaciones recibidas en esta embajada serán enviadas a India para la impresión legible a máquina.

Una vez impreso serían enviados por correo a esta embajada. Por consiguiente todos los casos de pasaportes necesitarían para procesar después del llenado de la planilla de solicitud y el depósito del dinero.

Además, los pasaportes legibles a máquina requieren imágenes nítidas de fotos con fondo claro. Ahora todas las fotos deben ser de forma cuadrada con un tamaño de 3.5 x 3.5 cms. Las fotos que no cumplan con esta especificación no serán aceptadas para el escaneo de la imagen. El aplicante debe estampar su firma con tinta negra en la casilla especificada en la parte superior de la primera página de la planilla de solicitud.

FAVOR MANTENER UNA FOTOCOPIA DE SU PASAPORTE EN UN LUGAR SEGURO. SIN ESTO LA EMISION DE UN PASAPORTE DUPLICADO PUEDE DEMORARSE.

2. Es un delito según se establece en la Ley de Pasaportes de 1967 ofrecer información falsa en la aplicación. Los servicios de pasaporte podrían denegarse basado en la omisión de información verídica, presentación de datos falsos, daño intencional del pasaporte y hacer cambios no autorizados en pasaportes,

3. Su pasaporte puede ser incautado o revocado por el Gobierno de la India amparado en las disposiciones de la Ley sobre Pasaportes de 1967, en cuyo caso usted tendrá que entregar el pasaporte a la autoridad competente de pasaporte indio más cercana.

4. Si usted ha adquirido ciudadanía extranjera, favor entregar el pasaporte indio a la misión india más cercana. El pasaporte indio se le devolverá al aplicante después de la cancelación. El pasaporte indio cancelado debe ser guardado en custodia segura pues se necesitaría en el momento de solicitar la tarjeta de Persona de Origen Indio (PIO)/visado indio por primera vez, etc.

Las planillas de solicitud deben ser llenadas totalmente (con letras mayúsculas claras y legibles) con precisión y con tinta azul solamente y presentada con el pasaporte. La tergiversación u ocultamiento de hechos pueden traer como consecuencia la denegación del servicio consular de pasaporte.

Las aplicaciones incompletas o incorrectas, las aplicaciones con unos honorarios inadecuados y el honorario no pagado en la forma indicada será devuelto sin servicio.

Servicio Postal

La embajada acepta aplicaciones por correo para visado y pasaporte y otros servicios consulares misceláneos. Dichas aplicaciones son normalmente e inmediatamente procesadas tan pronto como se reciben y teniendo como condición que estén completas en todos los sentidos. De existir alguna discrepancia le será comunicada a los aplicantes y todo documento que falte deberá ser enviado a la embajada en original.

No se aceptan fotocopias de fax ni copias. Los honorarios requeridos en dólares americanos o en pesos convertibles cubanos deben pagarse en efectivo o depositados (No se aceptan cheques personales ni tarjetas de crédito) en la cuenta del banco de la Embajada de India en el Banco de Reservas de la República Dominicana, Cuenta No. 200 02 240 005078 8 a la orden de la Embajada de la India.

Para información sobre los honorarios favor contactar: cpvindembassyhavana.cu o embindembassyhavana.cu

Los documentos pueden ser enviados por correo a la embajada tanto para su recepción o devolución a los aplicantes, tras aprobar o denegar el servicio. No se deben enviar los honorarios por correo. La embajada no se hará responsable del efectivo enviado por correo.

 
 
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